Devolución de cantidades anticipadas en la compra de viviendas

Este seguro garantiza a los compradores la devolución de los anticipos entregados durante el proceso de construcción.

La indemnización ocurre si el promotor no comienza las obras, entrega en plazo las viviendas ni devuelve los anticipos.

¿Cuándo se requiere?

Este seguro es una garantía exigida por la Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación, que obliga a los promotores de viviendas a garantizar la devolución de las cantidades entregadas más los intereses legales a los compradores de las viviendas, para el caso de que la construcción no llegue a iniciarse o la vivienda no se entregue en el plazo convenido.

El tomador del seguro es el promotor de las viviendas y los asegurados son los compradores de las mismas.

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