Publicado el 21 de febrero de 2022

Los contratos de Obra Pública se orientan hacia una construcción sostenible

La construcción sostenible es una de las tendencias que guiarán la evolución del sector en los próximos años. Los contratos de Obra Pública también deberán recoger esta sensibilidad. El calentamiento global, la huella de carbono o la sostenibilidad son asuntos que se han colocado en lo más alto de las agendas. En primer lugar, porque […]

La construcción sostenible es una de las tendencias que guiarán la evolución del sector en los próximos años. Los contratos de Obra Pública también deberán recoger esta sensibilidad.

El calentamiento global, la huella de carbono o la sostenibilidad son asuntos que se han colocado en lo más alto de las agendas. En primer lugar, porque gobiernos, instituciones y empresas han comprendido la emergencia climática y medioambiental en la que nos hallamos. Pero también porque atender estos criterios será indispensable para la supervivencia de las organizaciones. “Las empresas que no sean sostenibles van a quebrar y a desaparecer”, sentencia Javier Rodríguez Soler, responsable global de Sostenibilidad de BBVA, en una entrevista publicada en MIT Technology Review.

Está afirmación también vale para la contratación con el sector público y el impulso de la construcción sostenible. Hay que recordar que la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que regula los contratos de la administración pública española, introdujo criterios relacionados con la sostenibilidad, así como criterios medioambientales o sociales para la adjudicación de contratos públicos. En virtud de la misma, las empresas que han implementado medidas en pos de la sostenibilidad están mejor posicionadas para conseguir la adjudicación de contratos públicos.

“En la actualidad, nos encontramos ante un panorama legislativo marcado por la denominada ‘Estrategia Europa 2020’, dentro de la cual, la contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad económica de los fondos públicos”, se indica en el preámbulo de la ley.

Asimismo, el artículo 126, referido a las reglas para el establecimiento de las prescripciones técnicas de los contratos, especifica así: “Siempre que el objeto del contrato afecte o pueda afectar al medio ambiente, las prescripciones técnicas se definirán aplicando criterios de sostenibilidad y protección ambiental, de acuerdo con las definiciones y principios regulados en los artículos 3 y 4, respectivamente, de la Ley 16/2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación”.

También se tienen en cuenta estos aspectos en las condiciones especiales de ejecución de carácter social, ético, medioambiental o de otro orden (artículo 202). “Estas condiciones de ejecución podrán referirse, en especial, a consideraciones económicas, relacionadas con la innovación, de tipo medioambiental o de tipo social. En particular, se podrán establecer, entre otras, consideraciones de tipo medioambiental que persigan: la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyéndose así a dar cumplimiento al objetivo que establece el artículo 88 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible; el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato; una gestión más sostenible del agua; el fomento del uso de las energías renovables; la promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables; o el impulso de la entrega de productos a granel y la producción ecológica”.

Plan de Contratación Pública Ecológica

La construcción sostenible también recibirá un impulso a través del Plan de Contratación Pública Ecológica 2018-2025. Este marco, que establece unas directrices para la contratación con la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social, tiene como objetivos promover la adquisición de bienes, obras y servicios con el menor impacto medioambiental, servir como instrumento de impulso de la Estrategia Española de Economía circular, garantizar un uso más racional y económico de los fondos públicos, promover cláusulas medioambientales en la contratación pública y dar publicidad sobre las posibilidades que ofrece el marco jurídico de la contratación pública ecológica.

Entre los bienes, obras y servicios a los que afecta este programa se incluyen, por ejemplo, la construcción y gestión de edificios o la construcción y el mantenimiento de carreteras.

Este plan incorpora diversos criterios medioambientales generales de contratación, de carácter voluntario, que pueden ser incorporados a los pliegos de contratación como criterios de selección y de adjudicación, así como especificaciones técnicas y condiciones especiales de ejecución.

Por ejemplo, se refiere a la posibilidad de la valoración de la elección de productos con una larga vida útil, en detrimento de aquellos con obsolescencia programada o corta vida útil; la incorporación de criterios de circularidad; o la promoción de la contratación de bienes y servicios adheridos a un sistema de certificación ambiental —Ecolabel, ISO, declaración ambiental de producto…— o de empresas que dispongan de un sistema de gestión ambiental adherido al Sistema Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoria (EMAS).

Asimismo, indica que es necesario incluir en el proceso de contratación un criterio de adjudicación que valore la inscripción de las empresas en el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, con el fin de reducir la huella de carbono de la administración. De este modo, un 30% de las licitaciones deberán incluir este criterio en 2022, elevándose hasta el 50% en 2025. Cabe señalar que menos del 1% de las constructoras medía su huella de carbono hace año y medio, según un informe de ACR.

Ahorro energético en edificios de oficinas

En el caso concreto del diseño, construcción y gestión de edificios de oficinas, este plan de construcción sostenible recuerda que “los edificios nuevos que vayan a ser ocupados y sean de titularidad pública, serán edificios de consumo de energía casi nulo”. Igualmente, señala que “los contratos que tengan por objeto la reforma o rehabilitación de inmuebles se adaptarán a la consecución de unos niveles de consumo de energía casi nulo, adoptando las especificaciones o criterios descritos en este apartado”.

Así pues, indica que “en los criterios de selección se podrá tener en cuenta la acreditación de competencias y experiencia pertinentes en la ejecución de contratos de construcción que hayan demostrado un comportamiento medioambiental mejorado”.

Además de tener en cuenta todas las exigencias que establece el documento básico de ahorro de energía, detalla criterios de adjudicación o condiciones especiales de adjudicación relacionados con la eficiencia energética, otorgando puntos adicionales a los licitadores que garanticen un cumplimiento más exigente de los requisitos básicos de ahorro de energía, aporten un estudio sobre la huella de carbono del edificio —tanto en su fase de construcción como de uso—, realicen un seguimiento del consumo energético del equipamiento consumidor de energía a lo largo de un período de tiempo determinado, dispongan de certificación del grado de sostenibilidad de los edificios mediante alguno de los sellos existentes —LEED, BREAM, Verde, etc.— e incluyan puntos de recarga para vehículos que utilicen energías alternativas.

Además, se otorgarán puntos adicionales a la integración en edificios de dispositivos o instalaciones exteriores que favorezcan el asentamiento de especies de fauna de interés, beneficiosa o amenazada, como cajas nido para aves, murciélagos, etc.

También se tendrá en cuenta la separación selectiva, demolición y trabajos de preparación del emplazamiento en el que se llevará a cabo la obra, la gestión de residuos durante la obra, la implantación de sistemas de gestión de residuos, etc.

Carreteras más sostenibles

En cuanto al diseño de carreteras, el Plan de Contratación Pública Ecológicadestaca que las principales especificaciones técnicas o criterios de adjudicación que pueden ser tenidos en cuenta por los órganos de contratación son la reducción del consumo de energía en la fabricación y ejecución de unidades de obra —mezclas bituminosas semicalientes, templadas, en frío, etc.—; el diseño, especificación y gestión de la obra para optimizar la reutilización in situ de los materiales y la tierra excavados, maximizar la reutilización o reciclado de residuos de construcción y demolición, de neumáticos y de residuos procedentes de otros procesos industriales y utilizar materiales de construcción con un elevado contenido de material reciclado o reutilizado; y la especificación de propuestas para reducir las emisiones de ruido durante las fases de construcción, uso y mantenimiento.

Además, se concederán puntos adicionales por la realización de un estudio sobre la huella de carbono de la carretera en su fase de uso, utilizando la herramienta CO2TA del CEDEX o similar, facilitando información sobre las distintas opciones barajadas y la opción final seleccionada.

Ya en la construcción, se tendrá en cuenta el aumento de la durabilidad de los materiales y reducción de las necesidades de mantenimiento, la mejora de la eficiencia energética en túneles —instalación de balastros electrónicos en alumbrado de refuerzo, iluminación LED, sistema de regulación de iluminación y construcción de bóvedas de transición lumínica— y el reciclado en caliente en central de fabricación para los áridos procedentes del fresado, como en el reciclado in situ con emulsión.

Y en la conservación y mantenimiento, se valorará la inclusión de planes de seguimiento, mantenimiento y mitigación de la congestión vial —incluyendo soluciones como rutas alternativas, carriles reversibles y arcenes— y la introducción de componentes de control de la contaminación del agua y componentes de capacidad de retención de aguas pluviales en zonas con muy elevado tráfico de vehículos pesados, así como la inclusión de recomendaciones o criterios técnicos para evitar o reducir los daños derivados de la fragmentación de ecosistemas, incluyendo el diseño de medidas para evitar los riesgos de atropellos de fauna.

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